Importar medicamentos no aprobados a Perú
Importación de medicamentos en Perú
Requisitos para la Importación de Medicamentos para Uso Personal en Perú
La importación de medicamentos para uso personal en Perú está regulada por la Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (Ley N° 29459), promulgada en el año 2009. Esta ley establece las normativas para garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los productos farmacéuticos que ingresan al país, protegiendo así la salud pública. En situaciones donde un paciente requiere un medicamento que no está registrado, aprobado o disponible en Perú, y es esencial para salvar o preservar su vida, existen procedimientos legales específicos para su importación.
Marco Legal Aplicable
La Ley N° 29459 y sus reglamentos complementarios establecen que la importación de medicamentos no registrados en el país para uso personal puede ser autorizada de manera excepcional por la autoridad sanitaria competente, siempre y cuando se cumpla con ciertos requisitos y procedimientos. Esta excepción se realiza bajo el principio de uso compasivo, considerando la urgencia y necesidad médica del paciente.
Requisitos previos
Para iniciar el proceso de importación, se deben cumplir los siguientes requisitos previos:
- Informe Médico Detallado: El paciente debe obtener un informe médico completo emitido por un profesional de la salud legalmente habilitado en Perú, que describa el diagnóstico, historial clínico y justificación de la necesidad del medicamento específico.
- Ausencia de Alternativas Terapéuticas: Debe documentarse que no existen alternativas terapéuticas disponibles en el país que puedan sustituir al medicamento requerido.
- Consentimiento Informado: El paciente o su representante legal debe firmar un consentimiento informado que acredite su conocimiento sobre el uso del medicamento no registrado y los posibles riesgos asociados.
Solicitud a la Autoridad Sanitaria
La solicitud de importación debe ser presentada ante la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), incluyendo la siguiente documentación:
- Formal Request: Escrito dirigido a la DIGEMID solicitando la autorización para importar el medicamento, con detalles del paciente y sus datos de contacto.
- Documentos Médicos: Adjuntar el informe médico detallado, prescripción médica y cualquier estudio o evidencia clínica que respalde la necesidad del medicamento.
- Información del Medicamento: Proporcionar información técnica del medicamento, incluyendo composición, dosificación, forma farmacéutica, fabricante, país de origen y registros sanitarios en otros países.
- Datos del Proveedor: Información del proveedor o farmacia en el extranjero que suministrará el medicamento, asegurando que esté legalmente autorizado en su país.
Evaluación y autorización
La DIGEMID evaluará la solicitud considerando factores como:
- Necesidad Clínica: Validará la justificación médica y la urgencia del tratamiento.
- Riesgos vs. Beneficios: Analizará los posibles riesgos asociados al medicamento versus los beneficios esperados para el paciente.
- Calidad del Medicamento: Verificará que el medicamento cumpla con estándares de calidad internacionales y que el fabricante tenga buenas prácticas de manufactura.
Si la evaluación es favorable, la DIGEMID emitirá una resolución administrativa autorizando la importación del medicamento para uso personal del paciente específico.
Importation procedure
Una vez obtenida la autorización, se debe proceder de la siguiente manera:
- Gestión Aduanera: Presentar la autorización de la DIGEMID ante las autoridades aduaneras al momento de la importación.
- Declaración de Aduanas: Completar la documentación requerida para el ingreso del medicamento al país, cumpliendo con las normas aduaneras vigentes.
- Transporte y Almacenamiento: Asegurar que el transporte del medicamento se realice bajo condiciones adecuadas para mantener su integridad y eficacia.
Obligaciones Posteriores
El paciente o su representante debe:
- Uso Exclusivo: Garantizar que el medicamento importado será utilizado exclusivamente por el paciente autorizado.
- Seguimiento Médico: Mantener un seguimiento médico continuo para monitorear la eficacia y posibles efectos adversos del tratamiento.
- Informe de Eventos Adversos: Notificar a las autoridades sanitarias cualquier evento adverso o reacción inesperada relacionada con el medicamento.
Limitaciones y prohibiciones
Es importante destacar que:
- Prohibición de Comercialización: El medicamento importado para uso personal no puede ser vendido o distribuido a terceros.
- Sustancias controladas: Medicamentos que contengan sustancias controladas o psicotrópicas están sujetos a regulaciones más estrictas y podrían requerir autorizaciones adicionales.
- Cantidad Máxima: La autorización generalmente se otorga para una cantidad limitada que cubra un período específico de tratamiento.
Consecuencias Legales
El incumplimiento de las regulaciones puede conllevar a:
- Confiscación del Medicamento: Las autoridades pueden retener o destruir el medicamento si se importa sin la debida autorización.
- Sanciones Administrativas: Multas y sanciones establecidas por la ley para quienes infrinjan las normativas sanitarias.
- Responsabilidad Penal: En casos graves, pueden aplicarse sanciones penales por poner en riesgo la salud pública.
Recomendaciones
Para facilitar el proceso y evitar inconvenientes, se recomienda:
- Asesoría Profesional: Consulte con un profesional especializado en derecho sanitario o con experiencia en trámites de importación de medicamentos.
- Comunicación Directa con DIGEMID: Contactar a la DIGEMID para obtener información actualizada y guía sobre los procedimientos específicos.
- Planificación prevista: Iniciar el proceso con suficiente antelación, considerando que la evaluación y autorización pueden tomar tiempo.
Información de contacto
Para más información, puede dirigirse a:
- Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID):
- Sitio web: https://www.digemid.minsa.gob.pe/
- Teléfono: (+51) 1 631 4300
- Dirección: Av. Javier Prado Oeste 692, Magdalena del Mar, Lima, Perú
- Ministerio de Salud del Perú (MINSA):
- Sitio web: https://www.minsa.gob.pe/
Referencias
- Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID)
- Ministerio de Salud de Perú
- Normatividad - DIGEMID
- Gobierno del Perú - Solicitar registro sanitario vía excepción para uso personal
- Ley N° 29459 en El Peruano
Versión inglesa
Requisitos para Importar Medicamentos de Uso Personal al Perú
La importación de medicamentos de uso personal a Perú está regulada por la Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (Ley Nº 29459), promulgada en 2009. Esta ley establece normas para garantizar la calidad, seguridad y eficacia de los productos farmacéuticos que ingresan al país, protegiendo así la salud pública. En situaciones en las que un paciente requiere un medicamento que no está registrado, aprobado o disponible en Perú y que es esencial para salvar o preservar su vida, existen procedimientos legales específicos para su importación.
Marco jurídico aplicable
La Ley Nº 29459 y sus normas complementarias establecen que la importación de medicamentos no registrados para uso personal puede ser autorizada excepcionalmente por la autoridad sanitaria competente, siempre que se cumplan determinados requisitos y procedimientos. Esta excepción se realiza bajo el principio de uso compasivo, considerando la urgencia y necesidad médica del paciente.
Requisitos preliminares
Para iniciar el proceso de importación, deben cumplirse los siguientes requisitos previos:
- Informe Médico Detallado: El paciente debe obtener un informe médico detallado emitido por un profesional de la salud legalmente autorizado en Perú, que describa el diagnóstico, la historia clínica y la justificación del medicamento específico que necesita.
- Ausencia de alternativas terapéuticas: Debe documentarse que no existen alternativas terapéuticas disponibles en el país para sustituir el medicamento requerido.
- Consentimiento informado: El paciente o su representante legal deben firmar un consentimiento informado en el que reconozcan que comprenden el uso de un medicamento no registrado y los posibles riesgos asociados.
Solicitud a la Autoridad Sanitaria
La solicitud de importación debe presentarse ante la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), incluyendo la siguiente documentación:
- Solicitud formal: Solicitud escrita dirigida a la DIGEMID solicitando autorización para importar el medicamento, incluyendo los datos del paciente y la información de contacto.
- Documentos médicos: Adjunte el informe médico detallado, la prescripción médica y los estudios o pruebas clínicas que avalen la necesidad del medicamento.
- Información sobre el medicamento: Proporcionar información técnica sobre el medicamento, incluyendo composición, dosis, forma farmacéutica, fabricante, país de origen y registros sanitarios en otros países.
- Datos del proveedor: Información sobre el proveedor extranjero o la farmacia que suministrará el medicamento, asegurándose de que están legalmente autorizados en su país.
Evaluación y autorización
DIGEMID evaluará la solicitud teniendo en cuenta factores como:
- Necesidad clínica: Validar la justificación médica y la urgencia del tratamiento.
- Riesgo frente a beneficio: Analizar los riesgos potenciales asociados al medicamento frente a los beneficios esperados para el paciente.
- Calidad de los medicamentos: Compruebe que el medicamento cumple las normas internacionales de calidad y que el fabricante respeta las buenas prácticas de fabricación.
Si la evaluación es favorable, la DIGEMID emitirá una resolución administrativa autorizando la importación del medicamento para uso personal del paciente específico.
Procedimiento de importación
Una vez obtenida la autorización, deben darse los siguientes pasos:
- Gestión aduanera: Presentar la autorización de DIGEMID a las autoridades aduaneras en el momento de la importación.
- Declaración de aduanas: Cumplimentar la documentación requerida para la entrada del medicamento en el país, cumpliendo la normativa aduanera vigente.
- Transporte y almacenamiento: Asegurarse de que el medicamento se transporta en condiciones adecuadas para mantener su integridad y eficacia.
Obligaciones posteriores
El paciente o su representante deben:
- Uso exclusivo: Garantía de que el medicamento importado será utilizado exclusivamente por el paciente autorizado.
- Seguimiento médico: Mantener una supervisión médica continua para controlar la eficacia del tratamiento y cualquier efecto adverso.
- Notificación de efectos adversos: Notificar a las autoridades sanitarias cualquier efecto adverso o reacción inesperada relacionada con el medicamento.
Limitaciones y prohibiciones
Es importante señalar que:
- Prohibición de comercialización: El medicamento importado para uso personal no puede ser vendido ni distribuido a terceros.
- Sustancias controladas: Los medicamentos que contienen sustancias controladas o psicotrópicas están sujetos a una normativa más estricta y pueden requerir autorizaciones adicionales.
- Cantidad máxima: La autorización se concede generalmente para una cantidad limitada que cubre un periodo de tratamiento específico.
Consecuencias jurídicas
El incumplimiento de la normativa puede dar lugar a:
- Confiscación del medicamento: Las autoridades pueden retener o destruir el medicamento si se importa sin la debida autorización.
- Sanciones administrativas: Multas y sanciones establecidas por ley para quienes incumplan la normativa sanitaria.
- Responsabilidad penal: En casos graves, pueden aplicarse sanciones penales por poner en peligro la salud pública.
Recomendaciones
Para facilitar el proceso y evitar inconvenientes, se recomienda:
- Asesoramiento profesional: Consulte con un profesional especializado en derecho sanitario o con experiencia en trámites de importación de medicamentos.
- Comunicación directa con DIGEMID: Póngase en contacto con DIGEMID para obtener información actualizada y orientación sobre procedimientos específicos.
- Planificación anticipada: Inicie el proceso con suficiente antelación, teniendo en cuenta que la evaluación y la autorización pueden llevar tiempo.
Información de contacto
Para más información, puede ponerse en contacto con
- Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID):
- Página web: https://www.digemid.minsa.gob.pe/
- Teléfono: (+51) 1 631 4300
- Dirección: Av. Javier Prado Oeste 692, Magdalena del Mar, Lima, Perú.
- Ministerio de Salud de Perú (MINSA):
- Página web: https://www.minsa.gob.pe/